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Nota Aclaratoria:
El Mandante que no haya resultado seleccionado dentro de
los 60 meses de la vigencia de su Contrato de Mandato con
el bien por el cual optó NO OBTENDRA EL MISMO, y le serán
reintegrados sus honorarios no causados acumulados , equivalentes
al 41% del 3x1000 del valor del bien por el que hubiera
optado, más intereses contractuales, calculados mensualmente
a partir de la cancelación de la mensualidad Nº 13 inclusive,
siendo exigibles únicamente a partir de la cancelación de
la mensualidad por honorarios Nº 24 por vía de simple solicitud
de resolucion anticipada de contrato. |